EL ESPINAR

Pueblos

 

EL ESPINAR

El Espinar nace a la historia en el siglo XIII; concretamente, si le damos carácter oficial, el 8 de junio de 1297. Sin embargo los pagos de El Espinar, antes de esta fecha no estaban despoblados. Hay datos que revelan la existencia de una población incipiente, en parte agrupada y en parte dispersa, en torno a El Espinar, Prados, Navaznar y Santo Domingo de la Cañada; lugares muy devotos, como lo manifiestan sus ermitas y lugares de culto.

Estos primitivos pobladores debieron de tener ya algún principio de organización social, por primitivo que fuera; pero también tenemos conocimiento de ser "lugar yermo e se fazen y furtos e robos e otros males muchos".

La ausencia de un orden jurídico apropiado para el desenvolvimiento de estos grupos, la consiguiente falta de seguridad en la zona y la constante tendencia a la expansión de las Comunidades de Villa y Tierra, notable fenómeno político, jurídico y social, que permitieron a los pueblos asentar un estado de autonomía y librarse del régimen señorial, serían factores que dieran lugar a la fundación de El Espinar.

Concretamente el 8 de junio de 1297, la Comunidad de la Ciudad y Tierra de Segovia (entonces la más importante de las Castellanas y Aragonesas) otorga a El Espinar su Carta Puebla. El 8 de junio de 1997, se cumple el VII Centenario de la fundación de El Espinar.

La Carta Puebla de 1297, fuero de la nueva población, es el instrumento que define el estatuto jurídico de los pobladores, no sería otorgada por el rey, sino por el Concejo de la Comunidad de Segovia, Fernando IV se limitaría a confirmarla en 1300, a petición de este Concejo.

Esta Carta Puebla convoca a poblar El Espinar a hombres de otros lugares, que no fueran del término de Segovia, ni del Sexmo de Manzanares, con objeto de evitar descensos de población en el territorio Segoviano; se exceptuaron de esta población los que ya habitaban El Espinar, Prados, Navaznar y Santo Domingo; no se admitiría a los del Término de Ávila, ni de Huerta de Yuso "por razón que nos dicen que son ommes de malas rebueltas".

Instrumenta la protección de 1os pobladores y fomenta los intereses generales de la Puebla por medio de un privilegio fiscal y un sistema de concesión de tierras, ya fuera para posesión individual o colectiva, a los nuevos colonos.

Los pobladores serían declarados exentos de tributos y servicios públicos por 20 años; el único gravamen fiscal sería el de "moneda forera" reservado al Rey. A los colonos de El Espinar, el Concejo de Segovia les reconocería foralmente el derecho de ocupación y labranza de la tierra posesión y acceso a la propiedad en determinados plazos y condiciones, que varían según el tiempo de incorporación a la Puebla.

A la terminación de estos plazos toda la tierra roturada sería sometida a una participación comunalmente entre los vecinos que llevaban 12 años en la Puebla, recibiendo cada poblador su suerte. Este dominio sufre en cuanto al poder de disposición algunas limitaciones.

En la Carta Puebla de 1297 todavía no se concibe a El Espinar como Concejo: esta Carta sería ampliada y mejorada el 15 de mayo de 1317, por la que la Comunidad otorga a El Espinar, entonces ya Concejo, nueva Carta, en la que se concede un extenso territorio que viene a añadirse al primitivo, para que los pobladores de El Espinar "puedan ser más ricos y se pueda el dicho lugar mejor poblar", esta segunda Carta sería confirmada por Alfonso XI en 1337.

La tercera Carta Puebla es otorgada el 7 de septiembre de 1368 para ensanchar el alfoz de dicha aldea ya que el Concejo y los hombres de El Espinar se habían quejado a Segovia, de que el territorio que se les habían dado era reducido, pues el pueblo se había acrecentado y "ni han donde labrar por pan ni criar sus ganados". A tal efecto el Concejo Segoviano envió una misión de caballeros para verificar sobre el terreno la razón que hubiere con la querella de los espinariegos y, comprobado que era cierto, les dieron y señalaron más término. Con esta Carta de 1836, confirmada años más tarde por Enrique II y Juan I, se conseguiría la organización jurídica y administración completa, quedando integrada la nueva Aldea como entidad orgánica en el cuerpo comunero de Ciudad y Tierra.

El término municipal de El Espinar es el más dilatado de toda la provincia, 20.388 hectáreas, delimitación conseguida tras las mojoneras sucesivas de:

– 1297, que viene a comprender el cuadrante noroeste del término.

– 1317, que supone el cuadrante suroeste.

– 1368, ésta agrega extensas zonas en la parte oriental y una faja de terreno meridional a lo largo de la cordillera.

– 1381, con la compra de los pinares de la Garganta.

Estos documentos, las tres Cartas Pueblas y sus confirmaciones reales, se conservaron en el Archivo Municipal del Ayuntamiento de El Espinar hasta que perecieron víctimas del incendio producido en el verano de 1936 con ocasión de la guerra civil. Pero afortunadamente estos textos habían sido examinados a principios de siglo por el erudito D. Julio Puyol y Alonso con la colaboración de D. Daniel Ortega, secretario entonces del Ayuntamiento y publicados en 1904 bajo el título "Una puebla en el siglo XIII (Cartas de Población de El Espinar

El Espinar cuenta con una ubicación excelente. Muy cerca de Segovia, Madrid, Valladolid, Ávila, Salamanca, etc.

Está situado a 1.200 m. de altitud sobre el nivel del mar y es uno de los municipios más extensos (22.000 has.) y poblados (7.200 habitantes) de la provincia de Segovia.

El municipio de El Espinar linda geográficamente con los siguientes términos municipales:
Guadarrama, Los Molinos, Cercedilla y Santa María de la Alameda en la provincia de Madrid; Peguerinos y Navas del Marqués en la provincia de Ávila; y con la Granja de San Ildefonso, Navas de Riofrío, Ortigosa del Monte, Otero de Herreros, Vegas de Matute y Navas de San Antonio en Segovia.
Está excelentemente comunicado por carretera (atraviesan la N-VI, la N-603, la AP-6 y la AP-61 de San Rafael a Segovia) y por ferrocarril, cuenta con una estación y tres apeaderos en la línea Madrid-Segovia.

Consta de tres núcleos de población importantes: El propio de El Espinar, San Rafael y La Estación, aunque también merece nombrar la gran urbanización de Los Ángeles de San Rafael y los pequeños barrios de Gudillos y Prados.


 

 

Ayuntamiento de El Espinar

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