Hace ya varios meses que mucha gente está lanzando preguntas al aire del tipo, ¿se va a prohibir la escalada?, ¿van a cerrar el aparcamiento?, ¿se puede dormir dentro del coche?… Y unas cuantas más que por obvias, como las de hacer fuego o montar una tienda de campaña, no merecen ni respuesta a estas alturas y después de más de seis años que llevamos dando la brasa con el tema. Creo que es el momento de empezar a tener las cosas un poco más claras, así que intentaré refrescar la memoria del colectivo recordando qué se puede y qué no se puede hacer dentro del Espacio Protegido, que es el terreno donde practicamos nuestra pasión, u obsesión en algunos casos.
Búsqueda de soluciones
Ahora, después de dos meses de conversaciones telefónicas y correos electrónicos con Miguel Ángel y este a su vez con los máximos responsables de la gestión del Espacio Protegido, tenemos información de primera mano. Así es como está el tema de momento, hasta que se tomen las decisiones pertinentes en la próxima reunión del 16/11/2010 donde se prevé ampliar ciertas restricciones que nos afectarán directamente, aunque bajo mi opinión no tenemos demasiados argumentos para quejarnos, y eso no quiere decir que no vayamos a estudiar la situación, pues ya hay gente buscando soluciones y dando alternativas muy buenas.
- Prohibida la acampada. Otra cosa es la tolerancia que la guardería está teniendo con nuestro colectivo.
- Los perros han de estar siempre atados.
- Prohibido encender fuego, bajo ningún concepto.
- Prohibido escalar salvo en los sectores destinados a tal efecto.
- Terminantemente prohibido el tránsito de vehículos por las pistas forestales, así como aparcar en cualquier lugar que no esté habilitado a tal efecto.
- PARKING: en los bloques que no dan a la carretera.
- CABRERIZO: en los bloques que no dan a la carretera.
- ENTRE AGUAS: sin restricciones de momento
- LAS COLMENAS O MEZQUITA: sin restricciones de momento
- LA FUENTE: sin restricciones de momento.
- TIERRA MEDIA, ALTA Y BAJA: sin restricciones de momento.
- ARRASTRADERO: bloques cercanos a pinturas rupestres restringidos. El resto sin restricción de momento.
- SOL Y MASÍA: PROHIBIDOS SIN PERMISO DEL DUEÑO
- MIRADOR: pendiente de aclarar si está dentro del terreno del mismo propietario.
- LA PENÍNSULA: restringido del 15 de enero al 15 de agosto (pendiente de nueva restricción)
- TECHOS: sin restricción de momento
- VALLE DE LA MADERA: la parte alta, restringido del 15 de enero al 15 de agosto (pendiente de nueva restricción)
- PSYCHOKILLER: restringido del 15 de enero al 15 de agosto (pendiente de nueva restricción)
- MADRILES O ACANTILADOS: restringido del 15 de enero al 15 de agosto (pendiente de nueva restricción)
Descargar Decreto 65/1998 del Paisaje Protegido de los Pinares de Rodeno en PDF |
BOA 38, de 30-03-98
- Se prohíbe toda la instalación publicitaria de carácter comercial.
- Se prohíbe el uso de cometas, la liberación de globos de gas o aire caliente y la práctica del aeromodelismo en todos los terrenos de propiedad pública del Paisaje Protegido.
- Se prohíbe arrojar basura fuera de los recipientes instalados para este fin, el establecimiento de cualquier tipo de vertedero y el abandono de artefactos en el interior del Paisaje Protegido.
- Se prohíbe la utilización de productos químicos o substancias biológicamente activas, salvo las autorizadas como medidas de manejo y control de la vida silvestre y para el control de plagas en las fincas agrícolas.
- Se prohíbe la extracción o alteración de cualquier objeto arqueológico paleontológico o histórico sin autorización de la Dirección del Espacio y la Administración competente en materia de Patrimonio Cultura.
- Se prohíbe la práctica de tiro al plato, tiro con arco y el uso de escopetas de aire comprimido en todos los terrenos de propiedad pública del Paisaje protegido.
- Se prohíbe provocar o hacer fuego en todo el ámbito del Paisaje Protegido, salvo por motivos de gestión y siempre con autorización de la Dirección del Espacio. El uso del fuego para pic-nic queda restringido a los lugares preparados al efecto dentro de la zona de uso compatible.
- Se prohíbe el empleo de megáfonos o altavoces ( salvo autorización expresa de la Administración del Espacio ) y la utilización de radios o de cualquier instrumento que perturbe la tranquilidad del mismo, en todos los terrenos de propiedad pública del Paisaje Protegido.
- Se prohíbe el tráfico rodado con cualquier vehículo fuera de las pistas forestales incluidas en la Zona de Uso Compatible, excepto a los propietarios para el acceso a las fincas y a los beneficiarios de aprovechamientos permitidos en el Paisaje Protegido o por causas de fuerza mayor.
- Se prohíbe el establecimiento de cualquier puesto de venta, la venta ambulante y toda la actividad comercial no autorizada por la Dirección del Paisaje Protegido y carente de los permiso precisos para ejercer la actividad.
- Queda prohibida la realización de actividades profesionales comerciales de cinematografía y vídeo sin autorización de la Dirección del Paisaje Protegido en los Montes de Utilidad Pública del mismo.
- Se prohíbe la instalación de casetas y chozos, así como cualquier modalidad de acampada con tiendas o caravanas.
- Se prohíbe el estacionamiento de vehículos no autorizados fuera de los lugares acondicionados al efecto, excepto aquellos de propiedad particular en sus fincas.
Fuente: DESNIVEL