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SR. DELEGADO TERRITORIAL DE LA
JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN
SERVICIO TERRITORIAL DE MEDIO AMBIENTE DE SEGOVIA
Plaza Reina Dª Juana Nº 5, 40001 – Segovia
D./ Dª.
_____________________________________ con DNI ____________, en representación de la Asociación
__________________________________ con domicilio en la calle
_____________________________________nº____
Localidad_________________________________Código Postal___________
En relación con el Proyecto y el Estudio de Impacto Ambiental del campo de
golf “La Faisanera”,
promovido por Segovia 21 S.A., en el término municipal
de Palazuelos de Eresma (Segovia) “Finca Quitapesares” actualmente en periodo de información
pública, según anuncio publicado en el B.O.C. y L. Nº 123 de 26 de junio de
2007, presentamos este documento de Alegaciones, para dejar constancia de
nuestra disconformidad, por considerar es objeto de Impactos Ambientales
críticos e irreversibles que supondrán la destrucción de la Olmeda de “Ulmus laevis” más valiosa y singular de
cuantas existen en la Península Ibérica y la merma
de los recursos hídricos de toda la zona.
Estos negativos efectos no pueden ni deben ser
asumidos por los responsables públicos, para la
realización de un proyecto urbanístico, que entendemos es claramente contrario
al desarrollo sostenible de la zona e innecesario.
ALEGACIONES
1.
CONTEXTO Y ANTECEDENTES
La finca de Quitapesares está situada al pie de la vertiente
norte de la Sierra
de Guadarrama, a unos 1.100
metros de altitud. Se encuentra a 7 Km de la ciudad de Segovia,
junto a la carretera CL 601, entre las localidades de La Granja y Segovia. El límite
norte de la finca está a unos 750 metros del río Eresma.
La finca estaba catalogada como Monte de Utilidad Pública,
pero el 15 de julio de 2002 la Diputación Provincial de Segovia, que era la
propietaria de los terrenos, solicitó a la Consejería de Medio
ambiente de Castilla y León la descatalogación de 61 Has de la finca
Quitapesares con objeto de crear un campo de golf. El 28 de diciembre de 2004
se publica la orden por la que dicha Consejería acuerda la exclusión de esa
superficie del Monte Público.
Posteriormente, la titularidad de los terrenos fue
traspasada a la sociedad mercantil “Segovia 21 S.A.”, de la que, en una primera
etapa, formaron parte la propia Diputación de Segovia, la Caja de Ahorros de Segovia y la Cámara de Comercio. Más
tarde han entrado a formar parte de la sociedad diversos inversores privados,
hasta el punto que en la actualidad, la participación de la Diputación Provincial
es mínima.
Otras parcelas adyacentes, de la misma finca de
Quitapesares, han sido también objeto de descatalogación del Monte Público y
enajenación y en ellas se construirán un parque tecnológico empresarial, un
centro de congresos, un parque comercial y de ocio, una urbanización de lujo (240
viviendas en bloque y 80 unifamiliares) y un hotel, promovidos también por “Segovia
21 S.A.”
En junio de 2005 se presentó un primer Estudio de Impacto
Ambiental del campo de golf “La
Faisanera”. En mayo de 2006 el Servicio Territorial de Medio
Ambiente de Segovia solicitó cambios en el proyecto para evitar la destrucción
de la olmeda de olmo blanco que alberga la finca de Quitapesares.
El proyecto ahora presentado incluye un campo de golf de 18
hoyos y un sistema de cuatro lagos interconectados por un canal y una serie de
cascadas. 43 Ha
serán ocupadas por tees, calles y semirough, y otras 7 Ha por greens y
alrededores. Para el riego del campo de golf se prevé el uso de los efluentes
de la Depuradora
de Aguas Residuales de La Granja.
2.
IMPACTOS DEL CAMPO DE GOLF SOBRE LA OLMEDA DE QUITAPESARES
La finca de Quitapesares alberga la que puede ser
considerada la olmeda (Ulmus laevis) más valiosa y singular de cuantas
persisten en la península Ibérica. Se trata de una de las escasas olmedas
peninsulares que cuenta con un elevado número de individuos que no presentan
síntomas de la grafiosis. La población consta de unos 80 ejemplares que superan
los 30 cm
de diámetro, muchos de ellos de más de 50 cm de diámetro, y que alcanzan entre 15 y 25 m de altura.
La
Junta
de Castilla y León firmó en diciembre de 2005 un Convenio de Colaboración con la Universidad Politécnica
de Madrid para la evaluación conservación y mejora de los recursos genéticos
forestales. En la memoria correspondiente a este convenio sobre las actividades
a desarrollar en 2006 se afirma que “Esta
olmeda es única de sus características en cuanto a número de ejemplares y
tamaño de los mismos existente en toda España”
La olmeda existente en la finca de Quitapesares pasó desapercibida
para los investigadores y gestores ambientales hasta época muy reciente. Como
ya hemos señalado, se trata de una olmeda de olmos blancos (Ulmus laevis).
Éstos aparecen distribuidos por un total de 58 Has del total de 116 que posee
la finca. Estudios genéticos realizados sobre esta población de olmos indican
que posee una variabilidad genética más elevada que las poblaciones europeas.
Un estudio desarrollado por la Unidad de Anatomía,
Fisiología y Mejora Genética Forestal, del Departamento de Pascicultura de la ETS de Ingenieros de Montes
mediante el análisis de marcadores de ADN apoya la hipótesis de que se trata de
una población espontánea, lo que le confiere un valor incalculable.
La importancia de los olmos de Quitapesares desde el punto
de vista de la conservación de los recursos genéticos forestales es muy grande,
debido precisamente a su resistencia a la grafiosis y su diversidad genética.
Estos rasgos hacen de la olmeda de Quitapesares un recurso de enorme potencial
en actuaciones de repoblación forestal.
El
impacto del campo de golf sobre la olmeda de Quitapesares
La construcción del campo de golf “La Faisanera” tendría un
serio impacto en la olmeda de Quitapesares, por los siguientes motivos:
Destrucción
directa de arbolado
Entre los criterios establecidos para el diseño del campo,
se ha considerado imprescindible que el jugador situado en los Tees de salida
de cada hoyo pueda visualizar su objetivo sin impedimentos (ya sean obstáculos
topográficos o vegetación). Por ello, hay árboles que serían directamente
destruidos en las obras del campo, para evitar este “efecto pantalla” en las
calles del campo. El proyecto sólo garantiza que se respetará “la totalidad de
los individuos de gran porte”. No se define qué se entiende por gran porte y,
en cualquier caso, no se garantiza la conservación de los ejemplares de porte
más reducido, esenciales para asegurar la regeneración y la supervivencia a
medio plazo de las poblaciones de olmos.
Desorganización
de los sistemas naturales de drenaje y la estructura freática
Los olmos blancos son especies de marcado carácter
freatofítico. Poseen un sistema de raíces superficiales muy desarrollado que
les permite una adaptación óptima a terrenos que se encharcan periódicamente.
Los movimientos de tierras y los sistemas de drenaje previstos
para el campo desestructurarán con toda seguridad los niveles freáticos
naturales, cambiando las condiciones singulares que han permitido la
pervivencia de las olmedas (niveles freáticos característicos y encharcamientos
periódicos).
La importancia de los movimientos de tierras
proyectados, es evidente: los desmontes previstos ascienden a 164.265 m3 y
los terraplenados a 148.040
m3.
Los campos de golf requieren un buen drenaje. Justo
lo contrario caracteriza a los hábitats naturales del olmo blanco, que se
caracterizan por ser objeto de encharcamientos periódicos. El proyecto
contempla la creación de:
-
Ollas
de drenaje asociadas a arquetas con rejilla y una red de tuberías para la
captación y evacuación de la escorrentía superficial.
-
Zanjas
interceptoras para captar aguas de escorrentía.
-
Drenajes
franceses (zanjas rellenas de grava con una tubería perforada en su base
conectada a la red de tuberías de saneamiento, para captar aguas de
infiltración.
-
Drenajes
por infiltración en suelo poroso, para el caso de los greens.
Con estos sistemas resulta imposible mantener los patrones
de circulación del agua que ahora se dan en estos terrenos y que son
responsables de sus peculiares características freáticas y permiten los encharcamientos
periódicos (de hecho los sistemas de drenaje tienen precisamente el fin de
modificar esas características).
Las transformaciones requeridas para implantar el campo
resultan así incompatibles con las condiciones hidrológicas que requiere la
olmeda.
Imposibilidad
de regeneración
La existencia de numerosos ejemplares jóvenes indica a las
claras que la olmeda conserva una notable capacidad de regeneración. La
posibilidad de que ésta se vaya regenerando progresivamente queda impedida por
la apertura de las calles del campo de golf que virtualmente rodearán los
núcleos de arbolado, impidiendo su expansión y regeneración.
Impacto
de las aguas utilizadas para el riego
Las aguas que se pretende utilizar para
el riego proceden de una depuradora de aguas residuales. A pesar de que tengan
un tratamiento terciario la calidad del agua no será comparable a la de los
recursos que actualmente alimentan a la finca (aguas de elevada calidad).
Segovia 21 ya ha demostrado una evidente falta de interés y
capacidad para compatibilizar las intervenciones en la finca con la
conservación de la olmeda de Quitapesares.
El “Informe sobre la afección del Proyecto de Campo de
Golf”, elaborado por la
Ingeniero de Montes Marta Jerez de la Vega a petición de la Ponencia Técnica
de las Comisiones de Impacto Ambiental indica unas medidas mínimas que deberían
cumplirse para impedir la destrucción de los ejemplares de olmo blanco de la
finca de Quitapesares. Entre ellas destacamos:
-
En
el círculo de al menos 5 m
alrededor de las copas, se cuidará de que no se efectúe ninguna operación de
hormigonado ni otra alteración del suelo.
-
No
se efectuarán modificaciones en el nivel del suelo actual.
-
Únicamente
podrán abrirse zanjas si por aplicación del plan de conservación fuera
necesario.
En las obras en curso para la implantación de un parque
empresarial no se están respetando estas condiciones mínimas planteadas en el
informe citado. Hemos podido constatar la roturación del suelo a una distancia
mínima, no ya de la proyección de las copas sino del propio tronco de los
olmos; la destrucción mecánica de ramas (ramas tronchadas), así como
modificaciones en el nivel del suelo y apertura de zanjas.
La calificación de “compatible-moderado incluida en el
estudio de impacto no está justificada en absoluto. El análisis del impacto del campo
de golf sobre la olmeda contenido en el estudio de impacto ambiental (incluido
en el apartado 4.4 “efectos sobre la vegetación”) es sencillamente insólito. El
tema se despacha en una sola frase que dice textualmente: “En el caso de
los olmos, se ha respetado la totalidad de los individuos de gran porte
caracterizados como resistentes o no afectados por grafiosis”.
Conclusión: de acuerdo con el análisis anterior, consideramos que el impacto sobre las poblaciones de olmo blanco sería crítico
e irreversible.
3.
IMPACTO SOBRE LOS RECURSOS HÍDRICOS Y LOS ECOSISTEMAS FLUVIALES
3.1. El campo proyectado supone detraer un
importante volumen de recursos hídricos de un sistema que se encuentra al
límite
|
Mes
|
Consumos
(m3/día)
|
Caudales
24 h (l/s)
|
Volúmenes
(m3)
|
|
Enero
|
|
3,53
|
9.455
|
|
Febrero
|
523
|
6,05
|
14.644
|
|
Marzo
|
958
|
11,09
|
29.698
|
|
Abril
|
1.524
|
17,64
|
45.720
|
|
Mayo
|
2.003
|
23,18
|
62.093
|
|
Junio
|
2.700
|
31,25
|
81.000
|
|
Julio
|
3.237
|
37,46
|
100.347
|
|
Agosto
|
2.482
|
28,73
|
76.942
|
|
Septiembre
|
1.568
|
18,15
|
47.040
|
|
Octubre
|
871
|
10,08
|
27.001
|
|
Noviembre
|
479
|
5,54
|
14.370
|
|
Diciembre
|
261
|
3,02
|
8.091
|
DEMANDA TOTAL: 516.370
m3
El hecho de que los recursos que se desea utilizar procedan
de la Estación
Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) de La Granja, no marca una
diferencia sustancial, ya que esas aguas van a parar al río Eresma aguas abajo
del embalse del Pontón Alto. Estas aguas deben seguir bajando por el río aguas
abajo del embalse, no sólo porque son necesarias para el mantenimiento de la
vida silvestre y los procesos ecológicos básicos, sino también para la calidad
ambiental del cinturón verde de Segovia.
Si el agua de la depuradora es utilizada para el riego
de un campo de golf, entonces el caudal ecológico del río aguas abajo de la
presa del Pontón deberá ser aportado de forma íntegra del propio embalse del
Pontón. De esta forma resulta evidente que, en la práctica, no hay gran
diferencia entre regar el citado campo de golf con agua limpia o agua depurada,
ya que, al final, el riego del campo de golf supondrá una merma de los recursos
del río o el embalse.
Consideramos que este hecho es suficiente para denegar
la solicitud ya que, como es de conocimiento general, el sistema de
abastecimiento a Segovia y su alfoz, cuenta con unos recursos limitados, que
son necesarios para garantizar el abastecimiento urbano.
El Plan Especial de Sequías de la Cuenca del Duero, en su
análisis histórico de la Junta
de Explotación Adaja-Cega, señala que las situaciones de alerta y emergencia
han sido relativamente habituales en el sistema de abastecimiento de Segovia en
los últimos años. En la actualidad hay diversas solicitudes de concesiones de
agua en tramitación en las cuencas de los ríos Eresma, Frío y Moros. De acuerdo
con la
Confederación Hidrográfica del Duero, la suma de caudales
solicitados en las concesiones en tramitación es superior a los recursos
disponibles. En este contexto, resulta evidente que la demanda de agua exigida
por el campo de golf debe ser analizada cuidadosamente, ya que se pretende
detraer un volumen de agua muy significativo en un sistema de uso y gestión que
se encuentra muy cerca de su límite y al que se le están planteando demandas
nuevas.
En nuestra opinión, sería profundamente irresponsable,
además de contrario al ordenamiento legal, dar vía verde al campo de golf,
poniendo en peligro la garantía del abastecimiento (que tiene prioridad, de
acuerdo con la Ley)
de los aproximadamente 70.000 residentes con que cuenta en la actualidad
Segovia y su alfoz.
Para acreditar la disponibilidad de agua procedente de la EDAR se aporta una tabla en
la que se facilitan los caudales salientes de la depuradora de un solo día
(en concreto se trata del día 21 de diciembre de 2005). Es evidente que estos
datos no se puede deducir que los caudales de salida superen, de manera
habitual, los 60 l/s.
El municipio de La
Granja cuenta (fuera de la temporada de vacaciones) con 5.000
habitantes. Si en el municipio se utilizaran y vertieran a la red de
saneamiento una media de 300
litros por habitante y día, los volúmenes de agua que
deberían llegar a la EDAR
de La Granja
para ser depurados serían de unos 1.500 m3 de agua diarios, lo que
equivale a un caudal medio de 17,36 litros por segundo. Como puede
apreciarse, esta cifra está muy alejada de la estimación presentada. Esto
podría deberse a varios motivos:
a)
Que
la cantidad de agua empleada en usos domésticos, servicios e industrias y
vertida a la red de saneamiento en La
Granja sea muy superior a los 300 litros por habitante
y día (lo que parece improbable)
b)
Que
la red de saneamiento tenga elevadas ganancias de agua, que ingresan a la red
desde arroyos y corrientes subterráneas (en cuyo caso sería prioritario
acometer reparaciones en la red, ya que se estaría enviando agua limpia a la EDAR, con la pérdida de
eficiencia y el despilfarro de recursos que ello supone)
c)
Que
la estimación de que los efluentes son de al menos 60 litros por segundo
esté sobredimensionada.
Considerando las características sociodemográficas y
económicas del municipio de La
Granja, nos inclinamos por una combinación de las
explicaciones b) y c). En ese caso, el suministro procedente de la EDAR no estaría garantizado a
medio plazo y la concesión solicitada por Segovia 21 S.A. de 60 litros por segundo
sería evidentemente desproporcionada.
Si diéramos por buenas las estimaciones de necesidades de
riego del campo, los meses en que se podrían producir más problemas serían mayo
y junio, ya que en estos meses la población flotante del municipio es aún
escasa y las necesidades estimadas en el proyecto son importantes (caudales de
23 y 31 litros/segundo durante las 24 horas).
3.3. Las aplicaciones de fertilizantes y
fitosanitarios contribuirán a deteriorar la calidad del agua en el río Eresma y
amenazaría seriamente la calidad del agua del embalse de abastecimiento del
Pontón Alto.
La mayor parte de las aguas recogidas por el drenaje del
campo de golf serán vertidas al Arroyo de Marigalindo, por el noroeste de la
finca.
Los campos de golf cuentan con un eficiente sistema de
drenaje que evacua las aguas de forma rápida[2]. En el caso del campo de golf “La Faisanera”, esas aguas,
procedentes de una depuradora de aguas residuales y, tras su paso por el campo
de golf, cargadas de productos fitosanitarios y fertilizantes, irán a parar con
rapidez al embalse del Pontón.
La probabilidad de que surjan problemas de contaminación de
las aguas es considerable a tenor de las sustancias manejadas en el
mantenimiento del campo de golf (fitosanitarios y fertilizantes).
4.
FALTA LA AUTORIZACIÓN
DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO SOBRE LAS
CONCESIONES DE AGUA A LA SDAD.
“SEGOVIA 21, S.A.”
La autorización o el informe preceptivo de viabilidad de la Confederación Hidrográfica
del Duero del proyecto sobre la disponibilidad de aguas y otros aspectos para
la aprobación del Plan parcial de Quitapesares y de la Edar para el riego del campo de golf a la fecha de presentar estas
alegaciones no ha sido concedido.
Dicha autorización igualmente ha sido requerida desde el
Servicio Territorial de Medio Ambiente.
5.
EL PROYECTO DESDE LA
PERSPECTIVA DEL DESARROLLO SOSTENIBLE
El dinamismo económico del área de Segovia se sustenta en un
conjunto de recursos naturales, culturales y paisajísticos que son la base de
su atractivo para el turismo y también una ventaja comparativa en áreas de
importante significado económico como la formación universitaria o la cultura.
La sustitución de los formidables valores natural y cultural de la finca de
Quitapesares por un vulgar campo de golf tampoco tiene defensa desde la
perspectiva del desarrollo sostenible.
En lo económico entendemos que el proyecto tiene, a nuestro
entender, un marcado carácter especulativo y no conlleva aportaciones evidentes
a la calidad de vida de los segovianos, aunque sí degrada el patrimonio natural
y cultural local. De hecho, resulta
insólito que una administración pública haya forzado la descatalogación de un
Monte de Utilidad Pública para abrir paso a un proyecto cuyo valor social o ambiental
es inexistente.
Segovia cuenta con suficientes atractivos para el turismo y
no necesita contar con un campo de golf. Y, aunque resulte una obviedad, hemos
de recordar que la provincia tiene numerosas localizaciones en las que podría
ubicarse un proyecto como éste, con un impacto ambiental y cultural
infinitamente menor.
CONCLUSIONES
Por todo lo expuesto, consideramos que los datos y
valoraciones presentados permiten afirmar que el proyecto de campo de golf “La Faisanera”
a)
Produciría
un impacto crítico e irreversible en la que probablemente sea la
población de arbolado más valiosa desde el punto de vista de la conservación de
toda la Península Ibérica:
la población de olmos blancos (Ulmus laevis) de Quitapesares.
b)
Significaría
detraer recursos hídricos sustanciales, poniendo injustificadamente en peligro
la garantía del abastecimiento a la ciudad de Segovia y los municipios situados
en su entorno.
Segovia, 25 de julio de 2007
Fdo.:
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